Por resolución de fecha 30 de diciembre de 2020, en los autos Rol NC N° 484-20, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó dar inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211 (“D.L. N° 211”) respecto de la consulta formulada por Constructora LN SpA relativa a las “Bases Generales para la Licitación de Construcción de Hospitales por parte del Ministerio de Salud y sus Servicios derivados”, aprobadas en la Resolución N° 1 del Ministerio de Salud, de 28 de febrero de 2020.
Se ordenó, además, publicar un extracto de la referida resolución en el Diario Oficial, y oficiar a diferentes autoridades y agentes económicos, a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 20 días hábiles, contados desde la publicación del extracto del decreto de inicio en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.
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