Por resolución de 9 de noviembre de 2020, en los autos Rol NC N° 481-20, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó dar inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211 (“D.L. N° 211”) respecto de la consulta formulada por Telefónica Móviles Chile S.A. relativa a las Bases de Licitación aprobadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones para los denominados “Concursos Públicos 5G”, singularizados en la presentación de folio 28.
Se ordenó, además, publicar un extracto de la referida resolución en el Diario Oficial, y oficiar a diferentes autoridades y agentes económicos a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 20 días hábiles, contados desde la publicación del extracto en el Diario Oficial.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo.