EPTSV solicitó a este Tribunal que, informe favorablemente respecto de la solicitud de eliminación de la restricción vertical formulada por SVTI; o que, en subsidio, el umbral de participación actual se modifique hasta alcanzar a lo menos el 60%; estableciendo el Tribunal, de considerarlo necesario, las condiciones u obligaciones que SVTI eventualmente debería cumplir para que dicha eliminación o modificación pueda concretarse.
En el referido informe, el Tribunal determinó alzar completamente la restricción a la integración vertical por cuanto concluyó la existencia de: (i) una considerable disminución en la participación de mercado en la transferencia de carga de Puerto San Vicente desde su entrega en concesión y emisión del Dictamen N° 1045 a la actualidad; (ii) una suficiente presión competitiva por parte de otros frentes de atraque de uso público en la región; y (iii) un exceso de capacidad del que disponen los principales competidores de SVTI y, además, por no constar en el expediente otros elementos que justifiquen su mantención en lo que resta del periodo de concesión.