En los autos Rol AE N° 21-21 caratulados “Acuerdo Extrajudicial entre Fiscalía Nacional Económica y Empresa de Transportes Ferroviario S.A.”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, atendido lo dispuesto en el artículo 39 letra ñ) del Decreto Ley N° 211 y de conformidad con los artículos 2° y 10 de la Ley N° 21.226 y el “Acuerdo del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia con ocasión de la publicación de la Ley N° 21.226 y del Estado de Catástrofe”, ordenó la comparecencia remota de los apoderados de las partes a la audiencia del 2 de marzo de 2021, a las 9:30 horas, la que se realizará por videoconferencia.
Asimismo, el Tribunal dispuso que para efectos de tomar todas las medidas necesarias que aseguren las condiciones para el cumplimiento de las garantías judiciales de la referida audiencia, las partes deben contactar, por medio de correo electrónico y dentro de primer día hábil, a la Secretaria Abogada [email protected], con copia a [email protected] y [email protected].
Quienes tengan interés legítimo y deseen manifestar su parecer, deberán anunciar su alegato con 24 horas de anticipación a la audiencia.
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