El 20 de abril de 2020, en el procedimiento rol NC Nº 456-19, solicitado por “Comunidad de Aguas Subterráneas Sector 3 La Puerta – Mal Paso”, “Agrícola Campos de Cerrillos Limitada” y “Agrícola don Alfonso SpA”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia emitió el Informe 17/2020, en el que determinó que la no utilización de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas que administra y distribuye esta Comunidad impide, restringe o entorpece la libre competencia en el mercado de los derechos de aprovechamiento de aguas y sus mercados conexos, por lo que no autorizó la exención a que se refiere el inciso 4° del artículo 129 bis 9 del Código de Aguas.
Entre los argumentos que fundan el mencionado informe, se consideró relevante la creciente sequía que afecta la zona en cuestión, la que aumenta los riesgos de acaparamiento de los derechos de aprovechamiento de aguas por parte de titulares que no los utilizan y, consecuentemente, los incentivos para restringir la oferta en el mercado de dichos derechos.