Consultantes: Accionistas controladores de S.A.C.I Falabella., Accionistas controladores de Distribución y Servicio D&S S.A.
Aportantes de antecedentes: Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios, Confederación del Comercio Detallista y Turismo de Chile, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Don Manuel Cruzat Valdés, Supermercado Panoteca, Asociación de Químicos Farmacéuticos de Farmacias Independientes de Chile, Confederación de la Producción y del Comercio, Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, Farmacias Ahumada S.A., Asociación Gremial de Industrias Proveedoras, Centro de Estudios Internacionales UC, S.A.C.I. Falabella, Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, Servicio Nacional del Consumidor, Distribución y Servicio D&S S.A., Asociación Gremial de Supermercados de Chile, Fiscalía Nacional Económica
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. Julio Peña Torres
Consulta sobre fusión entre S.A.C.I. Falabella y distribución y servicio D&S S.A.
El Tribunal resolvió no hacer lugar a lo solicitado por los accionistas controladores de Distribución y Servicio D&S S.A. y de S.A.C.I. FALABELLA y, por tanto, no aprobar la operación consultada.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Operación de concentración, retail, retail integrado, poder de mercado, eficiencias, riesgos, riesgo unilaterales, riesgos coordinados, barreras de entrada.
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