Consultantes: Empresa Eléctrica del Norte Grande
Aportantes de antecedentes: Fiscalía Nacional Económica ("FNE"), Comisión Nacional de Energía ("CNE")
Sr. Eduardo Jara Miranda (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sr. José Tomás Morel Lara (S), Sra. Blanca Palumbo Ossa (S)
Consulta sobre aplicabilidad del Dictamen N° 1173 de la Comisión Preventiva Central
El Tribunal resolvió que en lo sucesivo la Empresa Eléctrica del Norte Grande S.A deberá actuar en la materia contenida en el punto 2°del Dictamen Nº 1173 de la Comisión Preventiva Central, conforme a la nueva normativa legal que regula la actividad de transmisión eléctrica, introducida por la Ley 19.940, publicada en el Diario Oficial el día 13 de marzo de 2004.
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
No se interpusieron recursos
Comisión preventiva central, cosa juzgada provisional, mercado eléctrico, integración horizontal, integración vertical, legy general de servicio eléctrico.
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