Requirente: Fiscalía Nacional Económica
Requerida: Abercrombie & Kent S.A. (“A&K”), ADSmundo Turismo Ltda. (“ADS”), Turismo Cocha S.A., Chilean Travel Services Ltda. ("CTS”), Turavión Ltda.
Sr. Tomás Menchaca Olivares, Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Julio Peña Torres, Sr. Javier Velozo Alcaide.
La FNE acusó a Aberkrombie & Kent, Adsmundo Turismo Ltda, Turismo Cocha S.A., Chilean Travel Services Ltda. y Turavión Ltda. de haber actuado de consuno para exigir a Explora Chile S.A. el incremento de las comisiones que dicha empresa les pagaba por concepto de comercialización de sus servicios, bajo amenaza de dejar de venderlos. En su contestación, Turavión señaló que, de haber existido un acuerdo, éste se insertó dentro de una larga relación comercial previa; que los hechos expuestos por la FNE no son efectivos; que los operadores advirtieron la necesidad de mejorar diversos aspectos del mercado; y que por ello propusieron una mesa de trabajo, negando cualquier hipótesis de colusión. Por su parte, CTS niega en su contestación los hechos que se le imputan; señala que a su respecto no existe evidencia de descontento ni coordinación con las requeridas ni menos presión respecto de Explora, destacando su excelente relación comercial con esa compañía. Señala que no se desprenden de la conducta de CTS elementos que permitan configurar un ilícito que amerite sanción a su respecto y que, por lo demás, en ningún caso el supuesto acuerdo les otorgaba la capacidad efectiva de imponer algo al sujeto destinatario de la presunta infracción monopólica. Cocha describe el contexto en que se llevó a cabo la reunión, calificándola como una negociación comercial en la que se plantearon peticiones, sugerencias e inquietudes a Explora. Señala que no hubo exigencias de pago de comisión del 25%, sino una negociación en la que Explora rechazó la propuesta. Afirma que no existió acuerdo colusorio alguno y que ninguno de los supuestos del tipo infraccional se configura en la especie, conforme se expuso en la parte expositiva de este fallo. Adsmundo señala en su contestación que la reunión del 20 de febrero de 2008 tuvo por objeto buscar vías de solución de la situación que Explora había provocado a las requeridas como consecuencia del rompimiento de la cadena de comercialización de los servicios de dicha compañía, en un intento de buscar nuevas condiciones y políticas comunes de promoción. Señala que no habría condicionado ni exigido un aumento de comisión, ni amenazó con desvío de venta. Resalta el hecho que ha seguido comercializando y promocionando los servicios de Explora. En cuanto al ilícito anticompetitivo que se le imputa, señala que en la especie no se cumplen los requisitos para que este se configure. Aberkrombie & Kent niega los hechos relatados en el requerimiento, y afirma que ocurrieron de una manera distinta a como los plantea la FNE. En su versión, habría sido Explora quien presentó una sola y única propuesta de comisiones, intentando uniformarlas. Descarta la existencia de amenazas, exigencias o peticiones y, por ende, la tesis de la colusión, agregando que el contenido de los correos fue tergiversado. En opinión de esta requerida, no se configura en la especie el ilícito anticompetitivo y, en cualquier caso, las empresas denunciadas en autos carecen de poder de mercado.
Absuelve
Sin voto en contra
Sin voto de prevención
Revoca
colusión, explicaciones alternativas, fijación de precio, poder de mercado, texto legal vigente
Advertencia:
La publicidad de las resoluciones contenidas en este sitio, no constituye comunicación ni notificación válida de las mismas para efectos legales. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no se responsabiliza por los errores u omisiones que eventualmente pueda contener la información publicada.