Sentencia 120/2012: Demanda de Gestora de Fondos de Inversión Privados San Pedro S.A. y otra contra CGE Distribución S.A.

FECHA DE DICTACIÓN:

Marzo 8, 2012

carátula:

Demanda de Gestora de Fondos de Inversión Privados San Pedro S.A. y otra contra CGE Distribución S.A.

rol de causa:

C-216-10

procedimiento:

Contencioso

PARTES:

Demandante: Gestora de Fondos de Inversión Privados San Pedro S.A., El Venado Fondo de Inversión Privado
Demandada: CGE Distribución S.A.

MINISTROS Y MINISTRAS QUE CONCURREN AL ACUERDO:

Sr. Tomás Menchaca Olivares (P), Sra. Andrea Butelmann Peisajoff, Sr. Radoslav Depolo Razmilic, Sr. Julio Peña Torres, Sr. Javier Velozo Alcaide.

MINISTRO/A REDACTOR/A:

Pleno

CONDUCTA:

Abuso de posición dominante

INDUSTRIA:

Servicios públicos

ARTÍCULO (NORMA):

Artículo 3° inciso primero del Decreto Ley N° 211.

resumen de controversia:

Gestora de Fondos de Inversión Privados San Pedro S.A. y El Venado Fondo de Inversión interpusieron una demanda en contra de la empresa CGE Distribución S.A. por abusar de su posición dominante al imponer y fijar precios de manera unilateral y ex post al proceso de perfeccionamiento del precio y a la realización de las inversiones consecuentes, y por su negativa a prestar el servicio público a que está legalmente obligada. Las demandantes justificaron su exigencia de reembolso en que las obras mencionadas habrían sido ejecutadas directamente por ellas a título de “Aporte Financiero Reembolsable” o “AFR”, según lo dispuesto en el artículo 127, numero 1, y 128 de la LGSE, cuyo texto fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley No 4 de 2007, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción y en el artículo 138 del Reglamento de la LGSE, D.S. N° 327 de 1997, del Ministerio de Minería;

resultado del tdlc:

voto en contra:

Sin voto en contra

voto prevención:

Sin voto de prevención

Resultado Excma. Corte Suprema

No se interpusieron recursos

temas que trata:

abuso de posición dominante, fijación de tarifa, regulación sectorial, sector electrico, ley general de servicios eléctricos, incompetencia