Sentencia N° 202/2025: Requerimiento FNE contra Juan José Hurtado Vicuña y otros

FECHA DE DICTACIÓN:

Abril 14, 2025

carátula:

Requerimiento FNE contra Juan José Hurtado Vicuña y otros

rol de causa:

C-437-21

procedimiento:

Contencioso

PARTES:

Requirente:  Fiscalía Nacional Económica

Requeridos:  Juan José Hurtado Vicuña; Consorcio Financiero S.A. y Larraín Vial SpA.

MINISTROS Y MINISTRAS QUE CONCURREN AL ACUERDO:

Sr. Nicolás Rojas Covarrubias, (Presidente) Sr. Ricardo Paredes Molina y Sr. Jaime Barahona Urzúa.

MINISTRO/A REDACTOR/A:

Sr. Nicolás Rojas Covarrubias

CONDUCTA:

Interlocking

INDUSTRIA:

Financiera

ARTÍCULO (NORMA):

letra d) del inciso segundo del artículo 3° del Decreto Ley N° 211

resumen de controversia:

La Fiscalía imputó a las requeridas haber infringido el artículo 3° incisos primero y segundo letra d) del D.L. N° 211, al participar simultáneamente Juan Hurtado, desde febrero de 2017 hasta abril de 2019, en cargos de director en ambas empresas requeridas, las que son competidoras entre sí en la prestación de servicios de intermediación de valores y otros servicios prestados por corredoras de bolsa, y cuyos respectivos grupos empresariales tuvieron ingresos sobre las cien mil unidades de fomento en el último año calendario anterior al inicio de la infracción, así como en los años calendarios siguientes.

Las requeridas sostuvieron que los hechos imputados no configuran el ilícito previsto en la norma referida. Además, alegaron la prescripción de la acción, la falta de legitimación pasiva y la confianza legítima en los actos previos de la autoridad.

resultado del tdlc:

voto en contra:

Sr. Ricardo Paredes Molina

voto prevención:

Sin voto de prevención

temas que trata:

Interlocking, única unidad económica, prescripción, confianza legítima

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