TDLC suspenderá sus funciones durante febrero por Feriado Judicial
En razón del feriado judicial establecido de conformidad a artículo 313º del Código Orgánico de Tribunales, el Tribunal suspenderá sus funciones desde el primero de febrero hasta el primero de marzo de dos mil doce, ambas fechas inclusive, lapso en el que NO SE COMPUTARÁN LOS PLAZOS JUDICIALES QUE SE ENCUENTREN CORRIENDO.
En casos calificados por el Presidente del TDLC, podrá citarse a sesión extraordinaria, para el sólo efecto de conocer de aquellas materias cuya gravedad y urgencia amerite un pronunciamiento en el más breve plazo. Para tal evento los interesados deberán formular su solicitud por intermedio del Secretario Abogado.
Los escritos deberán presentarse únicamente en el buzón del Tribunal, enviando copia electrónica al correo del Sr. Secretario Abogado.
Secretario Abogado:
Sr. Alejandro Domic S.
[email protected]
Secretario Abogado (s):
Srta. Carolina Horn K.
[email protected]