El 15 de septiembre de 2023, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) dictó el Informe Nº 32/2023, recaído en la solicitud de Ford Motor Company Chile SpA y otras, respecto de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos con terceros y de los estatutos del Sistema de Gestión Multiproductos – Sector automotor” (“SIGA”). Este es el séptimo informe dictado por el TDLC relativo a los sistemas colectivos de gestión de residuos establecidos por la Ley N°20.920, sobre Responsabilidad Extendida del Productor (“Ley REP”). El objetivo de SIGA será principalmente la gestión de neumáticos fuera de uso.
El TDLC consideró que la última versión presentada por las solicitantes de los estatutos de SIGA, así como de las bases de licitación para la contratación del manejo de residuos, no impiden, restringen o entorpecen la libre competencia, sin perjuicio de ordenar ciertas modificaciones.
Respecto de los estatutos, ordenó que los socios que actual o eventualmente tengan la calidad de socio o miembro de otro sistema de gestión colectiva para la gestión de residuos de neumáticos categoría A, ya sea directamente o por medio de una empresa relacionada bajo los términos del artículo 100 de la Ley N° 18.045, deberán optar por uno de ellos.
En cuanto a las bases de licitación, el Tribunal ordenó modificaciones en materia de primacía de estas sobre otra documentación y en materia de redacción.