Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dicta Resolución N°80/2024 que resuelve consulta de la Asociación Gremial del Retail Comercial sobre contratos de arriendo de locales con operadores de centros comerciales y otro tipo de relaciones de propiedad o vínculos de la industria.

13/02/2024
IMAGENES WEB (23)

El 8 de febrero de 2024, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“TDLC”) dictó la Resolución N° 80/2024, recaída en la consulta de la Asociación Gremial del Retail (“AGR”) – que agrupa a comercios que son locatarios de centros comerciales- tramitada bajo el Rol NC N° 478-2020 relativa a los contratos de arriendo de locales con operadores de centros comerciales, los efectos de la integración vertical entre operadores y tiendas y otro tipo de relaciones de propiedad o vínculos estructurales de la industria.

El TDLC limitó su análisis al de centros comerciales pertenecientes al formato mall, atendida la relevancia de las ventas para un porcentaje de locatarios efectuadas a través de centros comerciales tipo mall y ciertas características relevantes de este tipo de infraestructuras, tales como una administración centralizada y la capacidad de aglutinar un gran número y rubros de tiendas, que les otorga una posición de mercado difícil de replicar por otros canales de distribución.

El TDLC detectó riesgos vinculados al traspaso de información comercialmente sensible entre relacionadas o competidores, al apalancamiento de poder de mercado, a las barreras de la salida de los locatarios y cobros no justificados, ordenando las siguientes medidas a los operadores de centros comerciales tipo mall:

1. Abstenerse de exigir a sus locatarios más información que aquella estrictamente necesaria para determinar la renta de arrendamiento mensual.
2. No podrán entregar información comercialmente sensible de las tiendas a sus relacionadas o a terceros.
3. En caso de incluir ventas online para estimar la renta de arrendamiento, estas deberán tener una conexión con la tienda física del centro comercial.
4. Definir y distribuir claramente los cobros realizados a los locatarios vinculados a gastos comunes, fondos de promoción y publicidad, contribuciones de bienes raíces y servicios públicos. Adicionalmente, deberán rendir cuenta de forma periódica de estos gastos.
5. Establecer un mecanismo de solución de controversias que permita resolver de forma rápida y ecuánime aquellas diferencias que pudieran surgir en la implementación de las medidas anteriores.
6. No podrán condicionar el arriendo de un local en un centro comercial al arriendo en otro centro comercial.
7. No podrán imponer cláusulas que faculten al operador poner fin a dos o más contratos en caso de incumplimiento de uno de ellos.
8. Permitir el término anticipado de los contratos de arriendo por parte de aquellas tiendas que no pertenezcan a la categoría de tienda ancla, con un mínimo de tres meses de aviso. La indemnización asociada será, como máximo, equivalente a la renta de arrendamiento de dos meses, por cada año que reste de vigencia del contrato.
9. Mantener, modificar o elaborar un programa de cumplimiento en materia de libre competencia que comprenda las condiciones o exigencias antes establecidas.

Estas medidas son aplicables a aquellos operadores que administren, al menos, un centro comercial cuya superficie sea superior a 20.000 metros cuadrados.

El TDLC descartó imponer medidas respecto de la estructura de las tarifas de arriendo, que para la mayoría de los locatarios resulta ser un valor en UF por metro cuadrado arrendado, independiente de sus ventas. El TDLC concluyó que no sería efectivo que, en comparación con la estructura tarifaria propuesta por la consultante AGR, la estructura vigente: (i) genere rentas más altas para los malls y (ii) sea un mecanismo menos eficiente para distribuir los riesgos inherentes al desarrollo de un proyecto de esta envergadura entre locatarios y operadores. Consideró, asimismo, que los reajustes periódicos y el aumento de la tarifa en diciembre, se encuentran definidos desde el inicio de la relación contractual y no encontró indicios de una eventual discriminación de tarifas entre tiendas integradas y no integradas con el operador del mall.

Adicionalmente, el TDLC desestimó la existencia de riesgos anticompetitivos derivados de las cláusulas de obligación de remodelaciones periódicas y horarios diferenciados entre distintos rubros de tiendas, existiendo argumentos razonables para su imposición.

Ver Resolución N° 80-2024

Noticias Relacionadas

28/08/2024

Causa Rol NC N° 539-2024: TDLC da inicio a procedimiento caratulado “Solicitud de ProREP de modificación de estatutos aprobados por el Informe N° 27/2022”

En los autos Rol NC N° 539-24 caratulados “Solicitud de ProREP de modificación de estatutos aprobados por el Informe N° 27/2022”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, por resolución de 27 de agosto de 2024, dio inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211, con el objeto de […]

27/08/2024

TDLC rechazó la consulta de Aerosan relativa a la ejecución de la Resolución Exenta N° 152 de Aduanas, que autorizó el uso de la Bodega Norte del Aeropuerto Arturo Merino Benítez por Menzies Agunsa para la gestión de carga de importación.

El 15 de julio de 2024, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (“Tribunal”) dictó la Resolución N° 83/2024, respecto de la consulta de Servicios Aeroportuarios Aerosan S.A. (“Aerosan”), cuyo objeto fue analizar si la ejecución de la Resolución Exenta N° 152 de la Dirección Nacional de Aduanas, de 12 de enero de 2023 […]

27/08/2024

Informativo sobre página web del TDLC

El TDLC informa a sus usuarios/as que, debido a una mantención tecnológica, mañana miércoles 28 de agosto de 2024, entre las 21:00 y las 22:00 horas, la página web del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia podría presentar interrupciones. Rogamos a Ud. realizar sus consultas con antelación para evitar inconvenientes. Si es usuario/a de la Oficina […]

23/08/2024

Causa Rol NC N° 528-24: TDLC fija fecha de audiencia pública en causa caratulada “Consulta de Sociedad Concesionaria Nuevo Pudahuel S.A. sobre las bases de licitación para concesionar los duty free del aeropuerto de Santiago” para el 23 de octubre de 2024

En los autos Rol NC N° 528-24 caratulados “Consulta de Sociedad Concesionaria Nuevo Pudahuel S.A. sobre las bases de licitación para concesionar los duty free del aeropuerto de Santiago”, el Tribunal de Defensa de Libre Competencia dictó con fecha 22 de agosto de 2024 la resolución que fija como fecha para la audiencia pública establecida […]

22/08/2024

TDLC actualiza Protocolo de Funcionamiento

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia informa a sus usuarios/as que con fecha de 22 de agosto de 2024 ha actualizado el Protocolo de Funcionamiento, el cual contiene información sobre: • Atención a público • Medios de contacto para consultas distintas a la tramitación de causas • Presentaciones de escritos en causas de […]

21/08/2024

TDLC amplía plazo para aportar antecedentes en causa Rol NC N° 534-24 caratulada “Consulta de FLOW S.A. respecto a Oficio Ord. N° 59.888 de la Comisión para el Mercado Financiero”

Por resolución de 21 de agosto de 2024, en los autos Rol NC N° 534-24 caratulados “Consulta de FLOW S.A. respecto a Oficio Ord. N° 59.888 de la Comisión para el Mercado Financiero”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia amplió el plazo para aportar antecedentes a todos los interesados en 10 días hábiles […]

21/08/2024

Causa Rol NC N° 535-23: TDLC fija fecha de audiencia pública en causa caratulada “Solicitud de ReSimple de modificación de bases de licitación aprobadas por Informe N° 26/2022” para el 8 de octubre de 2024

En los autos Rol NC N° 535-23 caratulados “Solicitud de ReSimple de modificación de bases de licitación aprobadas por Informe N° 26/2022”, el Tribunal de Defensa de Libre Competencia dictó con fecha 21 de agosto de 2024 la resolución que fija como fecha para la audiencia pública establecida en el numeral 3 del artículo 31 […]

21/08/2024

Causa Rol N° C 464-22: TDLC fija fecha para vista de la causa caratulada “Demanda de Minera Altos de Punitaqui Ltda. contra Compañía General de Electricidad S.A. y otra.” para el 9 de octubre de 2024

En los autos Rol C N° 464-22 caratulados “Demanda de Minera Altos de Punitaqui Ltda. contra Compañía General de Electricidad S.A. y otra.”, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, mediante resolución de 21 de agosto de 2024 y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del D.L. N° 211, fijó como […]