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Tribunal multa a Asociación Gremial de Dueños de Mini Buses AgmitalEl TDLC acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica en contra de la Asociación Gremial de transportistas dela región del Maule. |
11-08-2010
El TDLC acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica en contra de la Asociación Gremial de Dueños de Mini Buses Agmital, y la condenó al pago de una multa de cincuenta (50) Unidades Tributarias Anuales, por haber incurrido en prácticas contrarias al artículo 3° del Decreto Ley N° 211, que tuvieron por objeto excluir a un competidor del mercado.
En particular, se tuvo por acreditado que en el seno de la asociación requerida se fijaron tarifas para el servicio de transporte, exclusivamente en los horarios similares o vecinos de aquellos en los que empezó a operar un nuevo competidor, y que dicha decisión se adoptó como reacción a la entrada del mismo. Lo anterior, a juicio del TDLC, fue una decisión de discriminación arbitraria de precios, adoptada con el objeto de desplazar a un competidor del mercado. También se tuvo por acreditado que los asociados a Agmital realizaron actos de hostigamiento en contra del nuevo entrante, con el evidente propósito de poder hacer efectiva la decisión exclusoria adoptada en Agmital. Además, se estableció la existencia de un acuerdo de tarifas entre Agmital y otros dos participantes del mercado, facilitado por la autoridad sectorial.
En su sentencia, el TDLC determinó que, sin perjuicio de la libertad que asiste a los miembros de una asociación –en este caso Agmital– para efectuar a través de ésta actividades lícitas en su interés común, situaciones en las que una asociación gremial o una asociación empresarial son instrumento de coordinación anticompetitiva de sus miembros, concurre un tipo particular de conducta colusiva, imputable a la entidad colectiva.
Vea Sentencia completa del TDLC